martes, 12 de mayo de 2009

Resumen de lectura (Escandell Vidal)


Escandell Vidal, Mª. V. (1996), cap. 3 en Introducción a la pragmática, Barcelona, Ariel, pp. 43-60.
Escandell vuelve a exponer una lección de Pragmática con el rigor y la sencillez que le caracteriza, de forma que aclara y precisa muchos de los conceptos de Austin. Recuerda así que Austin fue el primero en considerar el lenguaje del día a día válido para el estudio lingüístico, así como también rebatió la idea de que todos los enunciados pueden considerarse verdaderos o falsos. Austin construyó la teoría de los “enunciados realizativos”, opuestos a los “enunciados constatativos”: con los primeros, el hablante no está meramente registrando un estado de cosas, sino describiendo una acción: la está haciendo. Suelen aparecer en primera persona del singular: es el caso de “Te bautizo como Jaime” o “Te apuesto tres euros”. Una idea que apunta Escandell, que no había visto hasta ahora, es la de los infortunios, esto es, que los enunciados realizativos, a pesar de no ser ni verdaderos ni falsos, pueden ser inadecuados o desafortunados: si las personas y circunstancias que concurren no son las apropiadas para el procedimiento; si los participantes no actúan de la forma requerida o no siguen todos los pasos necesarios; si los hablantes no tienen determinados pensamientos o disposición de ánimo o no se comportan con tales pensamientos.
Frente a los enunciados realizativos, pues, se encuentran los constatativos. Pero la diferencia no es clara; por ejemplo, hay enunciados realizativos que no aparecen en primera persona del singular del presente de indicativo (“Se advierte a los pasajeros que…”), además de enunciados confusos como “Le ordeno que gire” o “Le aconsejo que gire”, que apuntan a que en todos los enunciados puede haber un predicado realizativo implícito.
La autora explica la distinción entre acto locutivo (la emisión de ciertos ruidos, de ciertas palabras); el acto ilocutivo (el que se realiza al decir algo (ordenar, aconsejar, etc.) y el acto perlocutivo (referido a los efectos producidos con el enunciado). El acto locutivo posee significado; el acto ilocutivo posee fuerza; y el acto perlocutivo logra efectos.
La autora concluye valorando las aportaciones más destacadas de Austin: la tesis de que no todos los enunciados tiene que ser necesariamente verdaderos o falsos; el estudio de los enunciados realizativos y la tricotomía “locutivo/ilocutivo/perlocutivo”.

Escandell Vidal, Mª. V. (1996), cap. 4 en Introducción a la pragmática, Barcelona, Ariel, pp. 61-76

La autora repasa ahora la Teoría de los Actos de Habla de Searle, quien sigue las ideas de Austin en el sentido de que el uso del lenguaje en la comunicación se concibe como un tipo particular de acción. Un acto de habla es la unidad mínima de la comunicación lingüística.
Se distingue entre “fuerza ilocutiva” y “forma lingüística”. Según Searle, ambos conceptos están unidos por una relación regular y constante: hay una relación sistemática entre la forma lingüística imperativo y el acto de habla mandato.
En la producción de un enunciado se puede individualizar tres tipos de actos diferentes:
1) Acto de emisión: emitir palabras.
2) Acto proposicional: referir y predicar.
3) Acto ilocutivo: enunciar, preguntar, mandar…
El cualquier oración hay:
1) Un indicador proposicional: el contenido expresado por una proposición.
2) Un indicador de fuerza ilocutiva: que muestra en qué sentido (con qué fuerza ilocutiva) debe interpretarse la proposición. Estos indicadores son el énfasis prosódico, el orden de palabras…
Son 5 los tipos de actos de habla que distingue Searle: asertivos, directivos, compromisivos, expresivos y declaraciones.
Sobre la base de la teoría de Searle se elaboró la “hipótesis realizativa”, que identifica la parte no proposicional del significado de la oración con el acto que el que habla realiza al emitirla, y propugna una representación sintáctica para la fuerza ilocutiva.
Searle distingue cuatro tipos de condiciones que gobiernan la adecuación de los enunciados:
1) Condiciones de contenido proposicional.
2) Condiciones preparatorias.
3) Condiciones de sinceridad.
4) Condiciones esenciales.
Cuando las condiciones estipuladas no se cumplen en alguno de los aspectos, el resultado es también un cierto tipo de infortunio, que varía en su naturaleza y consecuencias de acuerdo con cuál sea la regla infringida.
El problema de los actos indirectos cuestiona la validez de la teoría de los actos de habla. Tiene que haber algún factor capaz de modificar la interpretación “literal” a favor de otra: se ha señalado, por ejemplo, que la realización de un acto indirecto consiste en indicar la satisfacción de la condición esencial afirmando o preguntando una de las otras condiciones. También se ha dicho que los actos indirectos son tipos de actos convencionales, y que lo convencional en ellos es usarlos para ciertos cometidos.
En cualquier caso, resulta poco económico afirmar que oración y acto de habla están indisociablemente unidos si luego hay que acabar concediendo que esta unión está siempre a merced del contexto. La teoría de los actos de habla tiene varios fallos: la atribución de “etiquetas” como actos de habla a segmentos de comportamiento verbal parece muy arbitraria en varios sentidos: la segmentación de la corriente del discurso en actos de habla y la asignación a cada emisión de una y sólo una denominación de acto de habla; es insuficiente para explicar el mecanismo de la interacción; la noción de contexto en la teoría de los actos de habla es marginal, etc.
Escandell concluye, sin embargo, que la teoría de los actos de habla ha abierto perspectivas muy enriquecedoras.

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